Resumen Resolución exenta 115: Instruye sobre los procedimientos para el registro de las Sociedades de Profesionales:
✅ Las Empresas que pasen a ser sociedades de profesionales y que se reestructuren cumpliendo con los requisitos de la circular 21 y circular 50 para ser calificados como sociedad de profesionales, deberán realizar un procedimiento por única vez, a través de la aplicación especial “Registro extraordinario de
sociedades de profesionales” que se encontrará vigente hasta el 30 de junio de 2023, disponible en el sitio web del SII.
✅Las Empresas que se registren en el “Registro extraordinario de sociedades de profesionales” y opten de ejercer su opción de tributar conforme a las normas de la primera categoría, se le asignará una actividad económica de segunda categoría (otras actividades de servicios personales N.C.P., código 960909), eliminándose aquellas actividades correspondientes a la primera categoría.
✅A los contribuyentes que solo poseían actividades exentas, se les habilitará la emisión de facturas electrónicos afectos sin la necesidad de solicitar la verificación de sus actividades vigentes.
Procedimiento para el registro de las sociedades de profesionales que inician actividades.
✅Deberán dejar expresa constancia de la decisión de declarar sus rentas de acuerdo con las normas de la primera categoría en la declaración jurada de iniciación de actividades o a través de una petición administrativa clasificada con el nombre “Registro de Sociedad de Profesionales”.
✅Deberán ser realizadas por personas que se encuentren en posesión de algún título reconocido según las normas de cada actividad profesional, o bien que se encuentren en posesión de algún título no profesional, otorgado por alguna entidad que los habilite para desarrollar alguna profesión, técnica u oficio.
Sociedades de profesionales que ejercen su opción posterior al inicio de actividades.
✅Deberán dejar expresa constancia de la decisión de declarar sus rentas de acuerdo con las normas de la primera categoría a través de una petición administrativa clasificada con el nombre “Registro de Sociedad de Profesionales”, incluyendo Balance inicial.
Sociedades que se reorganicen para tributar como sociedades de profesionales:
✅Podrán reorganizarse las SPA Y EIRL y empresarios individuales debiendo presentar el trámite “Registro extraordinario de sociedades de profesionales” disponible en el sitio web del SII.
✅No podrán reorganizarse las Empresas que hayan realizado un cambio de giro de una actividad clasificada en primera categoría de la LIR a otra clasificada en segunda categoría, o una eliminación del giro de la primera categoría para quedar sólo con uno de segunda categoría, El cual requerirá necesariamente un término de giro de la actividad de primera categoría.
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Resumen Resolución exenta 115: Instruye sobre los procedimientos para el registro de las Sociedades de Profesionales:
